El Ayuntamiento de Almonte (Huelva) celebrará este viernes, a las 12,00 horas, un pleno extraordinario para “poner de manifiesto su postura” ante a la Proposición de Ley presentada por PP y Vox sobre la regulación de las zonas de regadío de cinco municipios situados al norte de la Corona Forestal de Doñana.
Así lo ha manifestado en un audio remitido a los medios la alcaldesa de Almonte, Rocío del Mar Castellano, quien ha señalado que la postura del Consistorio “coincide con la de los agricultores” del municipio y es de “absoluto rechazo hacia esta PDL” por “cómo se ha presentado” por parte del PP y de Vox y “no desde el Gobierno”.
Castellano considera que de esta manera “se van a obviar informes y participación” que consideran “importantísimas”, así como ha apuntado que desde la Asociación de Agricultores Puerta de Doñana, “los agricultores de Almonte, que constituyen más del 50% de superficie regable actualmente” y desde “el propio Consistorio” consideran que “lo primero que hay que garantizar es que el agua superficial llegue a Almonte” que es “el corazón de Doñana” y donde “aún no ha llegado un solo litro de agua”.
El Grupo Parlamentario Popular volvió a registrar el pasado 3 de marzo en el Parlamento de Andalucía una Proposición de Ley conjunta con Vox sobre la regulación de las zonas de regadío de cinco municipios situados al norte de la Corona Forestal de Doñana, que son Almonte, Bonares, Lucena del Puerto, Moguer y Rociana del Condado, todos ellos integrantes del denominado Condado de Huelva.
Ambos partidos vuelven a propiciar en su iniciativa, como ya hicieran en enero de 2022, en la pasada legislatura, que terrenos que eran de regadío antes del Plan de Ordenación de 2014 sean considerados como tales dentro de las zonas B y C, zonas de una menor protección ambiental y que en 2014 se describieron, respectivamente, como “los espacios agrícolas intersticiales de la zona A” y “los terrenos no incluidos en las zonas anteriores”.
La precisión que ahora hacen es apuntar que “estos terrenos podrán obtener derechos de aguas, que procederán de aguas superficiales, salvo que la administración hidráulica de la Demarcación Hidrográfica donde se encuentren estos terrenos establezca un origen de recursos diferente”.