Condenado a cuatro años y diez meses por allanar la casa de su expareja y amenazarla con cuchillo

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a penas que suman cuatro años y diez meses de prisión al hombre al que un jurado popular declaró culpable de allanar la casa de su expareja en el municipio de Antas después de tumbar la puerta de una patada y, una vez en el interior, darle un empujón contra para, acto seguido, coger un cuchillo de la cocina con el que la amenazó antes de salir de la vivienda y ser detenido por los agentes de la autoridad.

El tribunal destaca la “virulencia empleada” por el acusado, que mantuvo “contumazmente” pese “a la oposición firme y reiterada” de la víctima, el uso “prolongado” del cuchillo” como “medio para intimidarla y atemorizarla, que no cesó hasta la llegada” de la Guardia Civil o los “daños causados por su acción depredadora” para ajustar las penas de cárcel.El veredicto le halló culpable de un delito de allanamiento de morada con uso de violencia y un delito de amenazas no condicionales con las agravantes mixtas de parentesco, así como un delito de daños en concurso medial con el delito de allanamiento de morada y otro delito de malos tratos en el ámbito de la violencia sobre la mujer del subtipo agravado.La Audiencia acuerda, no obstante, ordenar la expulsión de territorio nacional del condenado, de 32 años, sin que pueda regresar a España en un plazo de cinco años ya que la condena es inferior a dicho tiempo, se halla en situación irregular y carece de arraigo. Le impone, asimismo, el pago de una responsabilidad civil a la víctima de 1.130,60 euros por los daños y por las lesiones.Los miembros del jurado atendieron tanto la declaración de la víctima como la de los testigos y los agentes que intervinieron para determinar que el acusado entró “por la fuerza” el 23 de diciembre de 2021 en el domicilio tras tirar la puerta abajo y que después amenazó a la víctima mientras portaba un cuchillo que extrajo de la cocina, creando con ello un clima de “temor y desasosiego”.El acusado accedió a la casa de su expareja, con la que ya no convivía desde finales de 2020 aunque tuvieran cierta relación, mientras que la mujer estaba acompañada de una pareja de amigos y de su hija adolescente, quien se refugió en uno de los dormitorios. Su entrada forzosa “en actitud amenazadora” en la casa “con golpes” y “empujando” quedó acreditada para los miembros del tribunal.Asimismo, se basaron en los informes fotográficos y técnicos para aseverar que antes de entrar en la casa ocasionó desperfectos en las ventanas, a las que arrojó un litro de cerveza conforme a los restos de cristales que pudieron apreciarse en el reportaje elaborado por los investigadores.Del mismo modo, el parte de lesiones y el informe de las forenses fueron la base para determinar que el acusado lastimó intencionadamente a la víctima tras empujarla cuando ya estaba en el interior de la vivienda; único extremo que no contó con la unanimidad del jurado y que fue apoyado por una mayoría de ocho votos.El teléfono 016 es el número de información y asesoramiento jurídico para las víctimas de violencia machista y su entorno. Funciona las 24 horas, atiende en 52 idiomas, es gratuito y no deja rastro en la factura telefónica, aunque puede quedar registrado en ciertos terminales y debe ser borrado. El servicio también responde a través del correo 016-online@igualdad.gob.es y presta atención mediante WhatsApp en el 600000016.

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