La Cámara de Cuentas emite un informe “desfavorable” de la gestión financiera de Alcalá del Río en 2021

La Cámara de Cuentas de Andalucía (CCA) ha emitido un informe “desfavorable” acerca de las actividades desarrolladas en 2021 por el Ayuntamiento de Alcalá del Río (Sevilla) que han sido objeto de fiscalización y una opinión “con salvedades” sobre la liquidación del presupuesto del gasto respecto a ese mismo ejercicio, según detalla en un informe este órgano de fiscalización externa de la gestión de fondos públicos de la comunidad autónoma, recogido por Europa Press.

Entre esos incumplimientos, destaca que las últimas cuentas anuales formuladas por la sociedad municipal Sodealrio son las correspondientes a 2016 y arrojan un resultado negativo (-1.542 euros). “No hay constancia de la aprobación de las cuentas de ese ejercicio ni por el Consejo de Administración ni por la Junta General”. En este sentido, “el hecho de que esta entidad se encuentre sin actividad no implica que decaiga la obligación de formulación de sus cuentas”.

Asimismo, Intervención formuló 61 reparos con efectos suspensivos en el ejercicio 2021. “Se ha comprobado que cuando los motivos alegados son algunos de los recogidos en el artículo 217.2 TRLRHL es el alcalde el que resuelve, siendo el Pleno el órgano competente en estos casos”.

Por otra parte, el Ayuntamiento “no ha elaborado un Plan Anual de Control Financiero para el ejercicio 2021; en consecuencia, no ha elaborado el informe resumen de los resultados del control interno con carácter anual, ni ha formalizado un plan de acción incumpliendo por tanto los artículos 31, 37
y 38 del RD 424/2017, de 20 de abril”.

Indica también el órgano de fiscalización que Intervención “no ha realizado el informe anual de 2021 de todas las resoluciones adoptadas
por el alcalde contrarias a los reparos efectuados o, en su caso, a la opinión del órgano competente de la Administración que ostente la tutela al que se haya solicitado informe, así como un resumen de las principales anomalías detectadas en materia de ingresos”. Por ello, “no se ha podido elevar al Pleno tal resumen anual, con ocasión de la dación de cuenta de la
Liquidación del Presupuesto de 2021″.

La Cámara de Cuentas también señala que el Consistorio no ha publicado en el portal de transparencia toda la información requerida por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen
gobierno y por la Ley 1/2014 de 24 de junio, de transparencia pública de Andalucía.

OTROS INCUMPLIMIENTOS

El órgano de fiscalización externa constata una serie de incumplimientos relacionados con el Presupuesto General, la Liquidación del Presupuesto y la
Cuenta General. Así, el Presupuesto del ejercicio 2020 fue prorrogado al ejercicio 2021 y “esta prórroga no ha sido sometida a informe previo y preceptivo del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas”.

Además, ,la liquidación del Presupuesto de 2021 “se aprobó fuera del plazo legal” y a fecha de finalización de los trabajos de campo, “la Cuenta General no se encontraba formada ni aprobada por el Pleno, por lo que el Ayuntamiento incumple lo dispuesto en los artículos 208, 212.2 y 212.4 del TRLHL, que fija como fecha límite el 1 de junio y el 1 de octubre del ejercicio posterior, respectivamente”.

“A fecha de emisión de este informe, no se encuentran rendidas las cuentas de los ejercicios 2017 a 2021, apreciándose que la Corporación viene incumpliendo sistemáticamente el plazo y el deber de rendición legalmente establecido”, se subraya en el informe. “En ninguno de los dos expedientes de modificaciones presupuestarias aprobados como crédito extraordinario queda justificada la urgente e inaplazable necesidad”, añade el documento.

En cuanto a la contrataciones temporales, “un total de 65 trabajadores se encuentran en una situación irregular por concatenación de contratos. Además, no se han llevado a cabo las acciones tendentes a la regularización de la situación del personal temporal contempladas en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad
en el empleo público”.

“El Pleno de la Corporación no tiene aprobado los criterios para el reparto de la productividad. Se trata de importes fijos y lineales que se distribuyen de forma sistemática y se abonan mensualmente sin atender a las circunstancias y requisitos establecidos en el artículo 5 del RD 861/1986, de 25 de abril. Tampoco se han aprobado por el Pleno los criterios para el reparto de las gratificaciones por trabajos extraordinarios”, se destaca en el informe.

INCUMPLIMIENTOS EN CONTRATACIÓN PÚBLICA

La Cámara de Cuentas han detectado determinados incumplimientos de la Ley de Contratos del Sector Público “relacionados con la preparación, motivación, adjudicación, formalización y ejecución en algunos de los expedientes de contratación que han sido analizados: falta de informe de fiscalización previa, falta de motivación de la tramitación urgente, falta de elaboración de informe de insuficiencia de medios, incumplimiento del plazo de adjudicación, incumplimiento del plazo de formalización y ejecución del contrato; además de incumplimientos en dos expedientes de los plazos de publicación en el perfil del contratante”.

Por el contrario, la Cámara sí ha emitido una opinión financiera “con Salvedades” en cuanto a la liquidación del presupuesto de gasto del Consistorio. Entre esas incorrecciones, las resoluciones aprobadas por el Pleno para la incorporación de créditos al Presupuesto, “que ascendió a un total de 2.139.544 euros. Sin embargo, según la liquidación, los créditos efectivamente incorporados –y su correspondiente financiación– fue de 1.896.141 euros”. De este modo, los créditos definitivos contabilizados “están infravalorados en un importe de 243.402 euros respecto a los aprobados”.

Señala también el órgano de fiscalización que “no se ha podido conciliar el importe global de las obligaciones reconocidas netas registradas
en las aplicaciones presupuestarías correspondientes al Capítulo 1 ‘Gastos de Personal’ (5.723.995 euros), con los importes registrados en los conceptos retributivos obtenidos del aplicativo de nóminas (5.184.925 euros). La falta de información adicional no ha permitido obtener evidencia necesaria y suficiente sobre el adecuado registro contable en función de la naturaleza del gasto”.

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