La AN condena a hasta 7 años de cárcel a dos miembros de una célula yihadista que iba a establecerse en España

Cometían fraudes masivos a través de Internet para financiar la actividad terrorista.

La Audiencia Nacional (AN) ha condenado a seis y siete años de cárcel a dos miembros de una célula yihadista vinculada a Estado Islámico que, junto a un tercero –un ex rapero que fue hallado muerto en prisión tras el juicio–, formaban una célula terrorista que pretendía establecerse en España después de llegar en una embarcación ilegal a las costas de Almería en abril de 2020.

La Sala de lo Penal ha sentenciado a siete años de cárcel a Abderrezak Seddiki por integración en organización terrorista y falsificación de documento oficial, mientras que ha dictado seis años de prisión para Kossalia Chollouah por el primer delito. Además, ha declarado extinguida la responsabilidad penal del principal acusado, Abdelmajed Abdel Bary, por haber fallecido en prisión el pasado julio, unos días después de la vista oral.

Según expone la sentencia, los tres acusados se encontraban en Argelia a principios de 2020 y desde allí, con la finalidad de establecer una célula de Estado Islámico, prepararon su entrada en España. La noche del 13 al 14 de abril de 2020 llegaron a la costa de Almería, ciudad en la que fueron detenidos unos días más tarde fruto de las vigilancias policiales a las que estaban sometidos.

Tras analizar las pruebas, el tribunal considera acreditado que Abdel Bary fue miembro de Estado Islámico entre 2014 y 2015, como combatiente pero también como reclutador de mujeres para la causa, como ocurrió con el caso de una española que ya fue condenada por la Audiencia Nacional.

Respecto a los dos condenados, la AN indica que, si bien no hay prueba directa en su contra, sí existen numerosos indicios que llevan a concluir que “también formaban parte del mismo, configurando una célula que se dedica a financiar sus actividades terroristas mediante la comisión de estafas bancarias masivas a través del ‘carding'”, esto es, fraudes masivos a través de Internet.

Entre los indicios, la Sala de lo Penal menciona que los dos acusados viven inmersos en una religiosidad extrema propia de los postulados de la yihad, que se relacionan con individuos muy próximos a dicha ideología, que se juntaban con Abdel Bary, y que adoptaban precauciones para no ser detectados por la Policía una vez llegados a España. De hecho, uno llevaba pasaporte falso.

“Tales indicios, junto con la actividad desplegada por los acusados (…), explicita la formación de una célula de la organización terrorista Estado Islámico (conocida también por Daesh) y que las actividades que han venido desempeñando, que se refieren a la defraudación masiva en Internet (‘carding’), así como las que han realizado en España, suponen el soporte económico y financiero del grupo o célula”, apunta el tribunal.

“NO SON INMIGRANTES AL USO”

Los magistrados consideran inverosímil la afirmación de los acusados de que son unos simples inmigrantes, y que su conocimiento viene determinado por la vivencia común de las circunstancias propias de inmigrantes que coinciden en la misma patera, y que enlazan sus destinos a la llegada a Europa, manteniéndose por ello unidos.

Para el tribunal, “tal tesis de defensa es insostenible”. “No son inmigrantes al uso, lo desdice el poder adquisitivo que tienen y que son capaces de obtener a través de su acceso ilegal a los datos de usuarios de tarjetas de crédito en Internet. Estas circunstancias los colocan muy lejos de ellos, así como el ocultamiento de su verdadera identidad”, recalca la AN.

Así, la Sala de lo Penal sostiene que “no existe ninguna razón o motivo de peso que justifique mínimamente la presencia de los tres acusados en España, si no es su decisión de montar una célula terrorista (pertenecen al Estado Islámico), con actividad de financiación para sus objetivos”.

Además, le “llama poderosamente la atención el propio desplazamiento de los acusados a Europa, cuando sus actividades fraudulentas masivas realizadas a través de Internet podían ser desarrolladas por cada uno de ellos (Kossaila y Seddiki) desde sus lugares de origen, Argelia, sin exponerse como han hecho con el desplazamiento en grupo para entrar en Europa y en compañía de un conocido integrante activo del Daesh, como Abdel Bary”.

“Es absurdo que asuman unos riesgos del calado como se han evidenciado en este juicio, atrayendo la atención de todos los servicios de Inteligencia policial antiterrorista europeos, si no es por su íntima identificación con la causa que defendía Abdel Bary, y que ellos asumen, defienden y han venido colaborando en su financiación”, concluyen los magistrados.

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