El exconcejal del PP en el Ayuntamiento de Granada Juan Antonio Fuentes ha defendido este martes en la Audiencia de Granada la legalidad de su gestión al frente de la televisión municipal TG7 y ha expuesto que el contrato firmado en 2015 para “reducir la deuda” contraída con una productora por la prestación de servicios extraordinarios fue preparado por personal del consistorio, de modo que él no intervino en su elaboración ni fijó las condiciones.
Así, ha incidido en que cuando esta clase de documentos llegaban a la mesa de su despacho “para la firma” ya “venían revisados por los servicios técnicos”, de modo que desconocía los pormenores. En todo caso, ha mantenido que este convenio de esponsorización “no era un contrato público sino privado”, que “no tenía efectos administrativos” y con él se “consiguió algo bueno como fue rebajar en 300.000 euros la deuda” que se tenía con la productora.
El juicio por este asunto ha arrancado este martes en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial con la declaración de Fuentes como único acusado, que se enfrenta a una petición fiscal de 15 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito continuado de prevaricación.
La Fiscalía le acusa de no haber seguido el procedimiento legalmente establecido para otorgar este contrato a la productora –puesto que la competencia era de la Junta de Gobierno Local– con la supuesta “finalidad de eludir el control de la Intervención Municipal y proporcionar un beneficio a la empresa”. Todo ello, con un presunto perjuicio económico de 864.121 euros a las arcas municipales, puesto que con este convenio “obligó” al Ayuntamiento a abonar una deuda contraída entre 2013 y 2015 por servicios fuera del contrato original con facturas que “fueron todas ellas firmadas en el mismo día” –a juicio de la fiscal– y reconociendo “la prestación de numerosos y muy diversos servicios de personas y medios materiales” pero “sin constatar la veracidad” de los mismos.
Fuentes ha expuesto que con este convenio lo que se pretendió fue reducir la deuda por los servicios extraordinarios que se habían producido al encadenarse varios procesos electorales, de modo que todos los grupos municipales querían que se cubrieran sus actos, y por empezar a darse mayor cobertura a determinados eventos especiales como la Semana Santa, la Cabalgata de Navidad, conciertos y otras actividades culturales.
En todo caso, ha matizado que él no decidía los servicios extraordinarios que se prestaban sino que existía una directora de contenidos y había además una comisión de control con representación de todos los grupos municipales donde se aprobaba periódicamente la programación. Ha incidido en que él no era el encargado de hacer seguimiento al contrato y las facturas que llegaban a su despacho por servicios prestados ya llegaban “revisadas”.
A preguntas de su letrado, ha recordado que este asunto fue objeto de una comisión de investigación donde se le absolvió en vía administrativa, sin que nadie lo recurriera; mientras que posteriores auditorías externas habrían avalado la prestación de los servicios.
La que ejerciera como directora de la televisión ha declarado que no tiene conocimientos de la gestión económica de TG7 y que no pudo advertir ninguna irregularidad por los conceptos facturados a la productora al examinar de manera generaliza las actas de recepción, aunque pudo constatar que los servicios en cuestión sí se prestaron. Al inicio del juicio, que está previsto continúe hasta el próximo 9 de noviembre, la acusación popular ejercida por Vamos Granada se ha retirado de la causa al no poder afrontar los gastos judiciales por congelación de fondos. El Ayuntamiento de Granada y el PSOE también están personados.