Opinión: El Salario Mínimo Interprofesional

Desde el comienzo de los tiempos, aun cuando el trabajo se retribuía con sal, y de ahí el término salario, se diferenciaba entre salario justo, salario legal y salario digno. En él se mezclaban principios humanos, sociales y divinos. Fue en 1961 cuando España instaura este instrumento salarial del salario mínimo interprofesional (SMI) para retribuir mínimamente el trabajo de forma legal.

Bien es cierto que actualmente este tipo de salario fija a aquellas actividades no reguladas convencionalmente en convenios colectivos de trabajo, por lo que su incidencia porcentual respecto al resto de trabajadores no es elevada, se cifra en algo más dos millones de trabajadores. Pero, si incide en prestaciones sociales, ya sean por desempleo o pensiones no contributivas, que fijan sus cuantías en función de la referencia del SMI.

Las subidas del salario mínimo interprofesional, siempre pactadas por los agentes económicos y sociales, son muy positivas en economías en las que crece la productividad y las tasas de empleo son elevadas. Sin embargo, España no se encuentra en ninguno de esos dos parámetros, y su aprobación por el gobierno sin la validación de la parte económica es una mal presagio.

Lo anterior ha supuesto que las empresas no hayan alcanzado cuotas de productividad necesarias, y los sus salarios fijados en convenios colectivos sectoriales no hayan evolucionado en la misma proporción que el SMI. ¿Qué supone ello?, pues que la brecha existente entre los salarios convenio y el SMI se han acercado tanto que se está haciendo palpable el problema de contratar a trabajadores en sectores tan necesarios para nuestra economía como el de hostelería, construcción o campo, que cifran la carencia de mano de obra en más de un millón de trabajadores para esos sectores. No es suficiente con el aumento artificial del SMI por el gobierno, se requieren políticas económicas y sociales que aumenten esa productividad, y un control exhaustivo del acceso y mantenimiento de los subsidios asistenciales, que no sirvan para que sus perceptores se autoexcluyan del acceso a cualquier trabajo que se le ofrezca como, según los propios actores económicos, está sucediendo.

Y es que, incluso a nivel de empleo puede ocasionar un daño irreparable para las empresas de poca productividad, ya que empíricamente se ha acreditado que la introducción de los salarios mínimos ha acarreado en muchos casos la retirada del mercado de esas compañías en contraposición con las que no tienen ese mínimo legal preestablecido que han aumentado su productividad e influencia en un mercado más globalizado.

No es cierto que el mantenimiento del SMI impulse el crecimiento económico y ayuda a los trabajadores menos cualificados en periodos de crisis del ciclo económico. Y tal afirmación la estamos viendo continuamente en las económicas de países hispanoamericanos, que con una descomunal inflación, que en muchos casos ha sobrepasado los tres dígitos, han querido subvencionar sus sistemas políticos con un sistema indeterminado de subvenciones que los han ido haciendo más pobres y más endeudados. Es sorprendente como los directorios económicos del país mantienen políticas sociales o económicas caducas y basadas en el reparto de pobreza en vez de facilitar el acceso al trabajo y el aumento de la productividad que, en definitiva, es lo que crea riqueza, y será la que podrá facilitar las demás políticas sociales de conciliación familiar y trabajo. Aquella máxima liberal de intentar hacer políticas económicas para intentar equipar por arriba a los ciudadanos para hacernos más ricos, y no por abajo a base de subsidios que nos hacen más pobres y tienen un corto recorrido.

*Ignacio Pozo

CEO jurídico

Articulos Relacionados

Deja un comentario

Nuestras Redes Sociales

960FansMe gusta
100SeguidoresSeguir
1,688SeguidoresSeguir

Últimos Artículos