El consejero de Hacienda y Financiación Europea, Juan Bravo, ha firmado, con fecha 6 de mayo, el convenio impuesto por el Ministerio de Hacienda para poner en marcha las ayudas directas que el Gobierno de España ha aprobado para autónomos y empresas de los sectores económicos más afectados por la pandemia, y cuya gestión ha delegado en las comunidades autónomas.
El Gobierno no ha incorporado las propuestas que desde la Junta de Andalucía se remitieron sobre el texto del Real decreto ley que aprueba las ayudas, y cuya finalidad era la de que tanto la tramitación como la llegada de dichos apoyos a los afectados por la caída de ingresos derivada de la crisis del Covid-19 pudiera ser lo más sencilla y ágil posible.
En los últimos días, desde la Junta de Andalucía ha hecho llegar a los ministerios de Hacienda y de Asuntos Económicos y Transformación Digital sendos informes pormenorizados en los que se desglosan las deficiencias detectadas, las probables consecuencias que las mismas podrían acarrear a la hora de que las ayudas puedan llegar con rapidez a los beneficiarios, así como propuestas a tener en cuenta para mejorar y aumentar la eficiencia del protocolo.
De una parte, la Consejería de Hacienda ha subrayado que se trata de subvenciones y no de ayudas directas, lo que implica que se establecen una serie de obligaciones perjudiciales para los destinatarios de las ayudas, dada la excepcionalidad de los efectos de la pandemia. Es por ello que Andalucía haya propuesto excluirlas del Régimen de Subvenciones.
De otra, se advierte al Ministerio de que se perjudica y se discrimina claramente a aquellas empresas y empresarios que han hecho un esfuerzo en pagar sus facturas a proveedores y demás acreedores en tiempo y forma, favoreciendo a aquellas que no lo han hecho y mantienen la deuda, debido a que, según el Real decreto ley que regula las ayudas, éstas deben destinarse a “satisfacer la deuda y realizar pagos a proveedores y otros acreedores (…)”.
En este sentido, la Consejería de Hacienda y Financiación Europea había planteado considerar beneficiarios a quienes pudieran acreditar una relación contractual con proveedores, trabajadores u otros acreedores, aunque no mantengan deudas pendientes de pago. En definitiva, se proponía que la ayuda llegue a los que han sufrido la bajada estipulada en su volumen de operaciones, independientemente de si tiene pendiente de pago o no las deudas.
Prioridad en los pagos.
Otra de las cuestiones sobre las que la Junta ha advertido al Ejecutivo central es la relativa a la prioridad de los pagos “por orden de antigüedad” y posteriormente al nominal de la deuda bancaria, “primando la reducción del nominal de la deuda con aval público”. Todo ello supone, según ha expuesto la Consejería de Hacienda y Financiación Europea en los informes remitidos al Ministerio, una dificultad innecesaria tanto para el empresario, que va a tener que destinar la subvención a los pagos en un orden que sólo atiende a un criterio temporal y no a otras variables jurídicamente relevantes, como para las propias administraciones autonómicas a la hora de la comprobación de la prelación de pagos, dado que con esta redacción se exige una labor de identificación y seguimiento que impide una mínima automatización del procedimiento.
Por otro lado, también se solicitó al Ministerio mayor información relativa a la población potencialmente beneficiaria de la ayuda, separando entre las distintas tipologías de beneficiarios, para que las comunidades autónomas pudiesen decidir sobre las cantidades a aplicar en cada uno de los casos, ya que muchas de ellas, como es el caso de Andalucía, tienen abierto un proceso de definición de ayudas directas a pymes con recursos propios o afectados, y que en estos momentos se hace necesario reorientar en el contexto de la definición de estas ayudas. Por ello, cobra especial significado la atención a otros colectivos o CNAE diferentes de los establecidos en el Anexo I del Real decreto ley.
Además, entre otras cuestiones, la Junta también advertía al Ministerio de las dificultades y obstrucciones que puede generar el hecho de que sean las autonomías las que deban regular las ayudas, pero en base a datos que provienen de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Esto puede generar importantes retrasos a la hora de hipotéticas comprobaciones y cotejo de datos de solicitantes y, en consecuencia, dilatar innecesariamente todo el proceso.
A juicio del consejero Bravo, “el hecho de que no haya sido abordada ni contemplada ninguna de estas cuestiones sobre las que hemos advertido al Gobierno central vuelve a dejar patente la ausencia de cogobernanza. Continuar con la gestión de las ayudas, tal y como están ahora mismo configuradas, conducirá a las Comunidades y Ciudades Autónomas a una situación muy complicada”.
“Está en juego la supervivencia de muchas empresas y el mantenimiento de sus puestos de trabajo. Ésa es la única razón que nos ha llevado, pese a los graves riesgos para la absorción de esos fondos y gran inseguridad jurídica tanto para las Comunidades Autónomas como para los beneficiarios de las ayudas, a asumir y suscribir el Convenio unilateralmente redactado por la Administración General del Estado”, ha explicado el consejero.