El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto ley por el que se aprueban medidas urgentes en materia de revisión excepcional de precios en los contratos públicos de obras para desarrollar y complementar las medidas estatales previstas en el título II del Real Decreto Ley 3/2022, de 1 de marzo, modificado por el RDL 6/2022, de 29 de marzo por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania.
Este decreto ley quiere compensar a las empresas de la construcción que trabajan con la Junta de Andalucía por el sobrecoste ligado a la subida de precios de los materiales, motivada por la huelga de transporte y por los efectos de la invasión rusa en Ucrania.
Las empresas que trabajan con las administraciones tienen un severo problema por la imprevista alteración en sus planteamientos económicos iniciales, de ahí que, de la mano del sector de la construcción, se apruebe este decreto ley con medidas urgentes para la revisión excepcional de los precios en los contratos públicos de obras.
La Junta da un paso más para mejorar lo aprobado por el Gobierno de España, es decir, para mejorar un decreto (modificado ya en una ocasión) que es insuficiente para el sector porque deja muchas obras fuera de esta excepcionalidad. Así, el decreto ley andaluz mejora la cobertura a muchos contratos y permite que más empresas se puedan beneficiar de esta revisión de precios para no parar obras y para no poner en peligro la viabilidad de esos contratos, de las empresas y de miles de puestos de trabajo.
En concreto, a diferencia de la norma del Gobierno de España, el decreto ley andaluz incluye las obras en ejecución en 2021 y que a la entrada en vigor del real decreto ley estatal hayan terminado, así como las obras de menos de un año de duración. Además, amplía el filtro de obras con derecho a revisión de sus precios e incluye todo tipo de materiales empleados, y no sólo los cuatro recogidos en el real decreto estatal (bituminosos, siderúrgicos, aluminio y cobre).
Asimismo, la norma andaluza da la posibilidad a que se adhieran a este decreto ley las entidades locales y también las universidades, al tiempo que suprime las penalizaciones derivadas por retrasos vinculados a falta de material y permite la sustitución de materiales siempre que no altere la calidad del producto.
Por otro lado, el decreto ley andaluz amplía la compensación a los contratos de servicios de conservación de carreteras y edificios públicos y establece que a partir de ahora todos los pliegos de los contratos futuros contemplen la fórmula de revisión de precios.
Se estima que el alza de los precios puede estar en una horquilla entre el 10% y el 20%, que es el tope máximo que impone el Estado para la revisión de los precios.
El sobrecoste se pagará en la certificación final de la obra, por lo que el impacto en los presupuestos andaluces se verá reflejado en varias anualidades. El impacto económico para las arcas de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio se estima (con los índices provisionales publicados hasta diciembre de 2021) en 59 millones de euros, pero dicha cantidad puede elevarse según la evolución de los índices en 2022 y 2023. Si bien la norma también afecta a otras consejerías con obras como las de Salud y Familias, Educación y Deporte, Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, Cultura y Patrimonio Histórico y de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, que están analizando la repercusión de la medida.
Corazón Andaluz.
Por otra parte, el decreto ley también crea la marca ‘Corazón Andaluz’ como marca promocional genérica y regula el procedimiento para su uso con el fin de favorecer la promoción de productos de Andalucía, contribuyendo a incrementar y consolidar la presencia del tejido empresarial y productivo andaluz en los principales mercados de ámbito regional, nacional e internacional.
Esta marca busca beneficiar a todas las empresas y personas que se quieran adherir a la iniciativa y que permitirá visibilizar la solidez, solvencia y calidad de los productos andaluces. Así, el derecho de uso de la marca no sustituirá en modo alguno el cumplimiento de los requisitos y exigencias que la legislación vigente establezca para la producción, elaboración, transformación, distribución y venta al público de las marcas comerciales y productos autorizados.
El decreto ley recoge que la utilización de la marca tiene carácter gratuito y voluntario, así como que, con carácter anual, la Dirección General de Andalucía Global aprobará un Plan de Actuación que establecerá la programación y actividades a favor de la marca ‘Corazón Andaluz’, así como todas las medidas tendentes a su desarrollo y evaluación.
Se crea la marca ‘Corazón Andaluz’ con la finalidad de apoyar, promover, impulsar y poner en valor los productos que se producen, elaboran o transforman en Andalucía, distinguiendo además a aquellas personas físicas o jurídicas que producen, elaboran, transforman, distribuyen o comercializan estos productos. En definitiva, supone un hito más en la caracterización, visualización y difusión de lo hecho en Andalucía, como exponente claro de buena factura y calidad.