SENTENCIA TSJA CONTRA EL SAF

La Sala de lo Social del TSJA ha confirmado íntegramente la sentencia del Juzgado de lo Social número cuatro de Granada, por la que se condena al Sindicato Andaluz de Funcionarios con una indemnización de quince mil euros por daños morales al haber sido vulnerados los derechos fundamentales de una afiliada.

Es la tercera sentencia dictada en cuatro años contra la citada central sindical, pues ya fue condenada en el 2018, 2021, y en el actual por grave vulneración de los derechos fundamentales de sus afiliadas, representadas por el despacho granadino de Ignacio Pozo y Asociados.

El origen del conflicto se remonta a la dimisión el 7 de enero de 2015 del presidente del Comité Ejecutivo Provincial de SAF-Granada elegido en el año 2013, lo que provocó la dimisión del resto de los vocales por así establecerlo el Estatuto. Entre los vocales se encontraba estas afiliadas.

A los dos meses de la dimisión se nombró una Comisión Gestora en Granada, que fue la encargada a su vez de convocar un proceso congresual para elegir un nuevo Presidente fijado para el mes de julio de 2015.

En el citado proceso congresual de SAF-Granada se presentaron dos candidaturas, siendo una de ellas presuntamente afín al aparato del sindicato al estar integrada por un miembro que formaba parte a la vez del máximo órgano de gobierno del sindicato a nivel regional y de la Comisión Gestora de SAF – Granada que había convocado el Congreso.

Esta candidatura fue impugnada por una de las afiliadas, siendo estimada su reclamación por el órgano rector del Congreso, que era la Mesa, Electoral Coordinadora, que declaró nula la candidatura, por lo que solo se podía proclamar como válidamente presentada la otra presentada, y cuyos integrantes se convertirían en el mes de julio de 2015 en el nuevo Comité Ejecutivo Provincial de SAF-Granada.

Sin embargo esta situación no llegó a producirse ya que los máximos dirigentes regionales de la central sindical al conocer que la candidatura integrada por uno de sus miembros había sido declarado nula, decidieron anular la convocatoria del Congreso y convocar un nuevo congreso , obstaculizando que la otra candidatura pudiera ser válidamente proclamada.

Fue a partir de ese momento cuando comenzaron las represalias contra las afiliadas, que tras años de reclamaciones judiciales, hoy quedan finiquitadas con la última condena indicada.

Ignacio Pozo
Ignacio Pozohttp://www.ignaciopozo.com
CEO Despacho jurídico-empresarial (especialista en derecho Laboral-Fiscal y Mercantil) 1.- INSTITUCIONES: Ha pertenecido 10 años al Comité Ejecutivo de la Cámara Comercio de Granada, obteniendo la Medalla de Plata. Medalla de Oro al Mérito Profesional. Comité de la Confederacion Granadina de Empresarios. Expte. Nacional de la Asociación de Empresas Consultoras (ACE). Expte. de la Asoc. Técn. Sup. Prevencion RR.LL de Andalucía. Miembro del Tribunal de Arbitraje de Granada. Secret. Gral. de “Granada Futuro”. Fundador Plataforma ciudadana “Juntos por Granada”. 2.- FORMACION ACADEMICA: Derecho, RR.LL.,Gdo. Soc. Master Int Rr.II. (Creditos doctorado) Técnico. Sup. Prev. RRLL. Técnico Sup. 2* en RRII. Mediador Laboral, Merc. y Civil. 3.- MEDIOS: Colaborador literario en prensa, radio y Tv.

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