Abierta hasta el 31 de octubre la convocatoria de ayudas para que las empresas formen a sus futuros trabajadores

La delegada territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Jaén, Ana Mata, ha recordado que permanece abierta hasta el 31 de octubre la convocatoria de subvenciones para programas formativos de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación dirigidos a personas desempleadas.

Así lo ha indicado en un seminario web organizado por la Confederación de Empresarios de Jaén (CEJ), en el que también ha participado el presidente de esta organización, Bartolomé González, según ha informado este miércoles el Gobierno andaluz.

En este encuentro, el jefe del servicio de Formación de la Delegación de Empleo en Jaén, José Luis Valentín, ha explicado los requisitos y claves para acceder a estas ayudas, además de detallar cómo acceder a esta convocatoria.

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo destina un presupuesto de diez millones de euros en la comunidad para unas subvenciones que son en concurrencia no competitiva. El presupuesto para la provincia de Jaén asciende a 700.000 euros.

Unos 3.840 alumnos andaluces se beneficiarán de 256 acciones formativas, lo que llevaría a la contratación de, al menos, 1.536 personas desempleadas. Respecto a la provincia jiennense, se especializará a unos 270 alumnos en 18 acciones formativas, siendo la contratación estimada de más de un centenar de personas.

“Este programa tiene como objetivo facilitar a las personas desempleadas una formación ajustada a las necesidades del mercado de trabajo local, que a su vez atienda los requerimientos de competitividad de las empresas”, ha afirmado la delegada.

De esta manera, son las propias empresas que requieren contratar a profesionales con determinada formación las destinatarias de estas ayudas, para que puedan formar a las personas que luego incorporarán a sus plantillas (con un compromiso de al menos el 40 por ciento de los alumnos que hayan completado la formación).

Las acciones que se van a impartir se deben corresponder con una especialidad formativa no conducente a certificado de profesionalidad incluida en el Catálogo de Especialidades Formativas en el marco del sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, y han de impartirse en modo presencial.

En el caso de que la empresa requiera dar una formación que no está catalogada, desde la Consejería de Empleo se le asesorará y ayudará a diseñar ese plan formativo y a que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) lo incluya en su catálogo para que pueda ser objeto de la subvención. Además, las empresas que no están homologadas para dar Formación Profesional para el Empleo pueden subcontratar esta formación con centros homologados.

El alumnado ha de ser personas desempleadas, inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo, que cumplan los requisitos de la especialidad formativa programada y que no hayan tenido vinculación laboral con la empresa beneficiara en los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

COMPROMISO DE CONTRATACIÓN

El compromiso de contratación se determinará sobre el total de personas trabajadoras desempleadas formadas y no podrá ser inferior al 40 por ciento de ellas, no siendo posible hacer uso de la modalidad de contratos de formación en alternancia.

Los contratos de trabajo formalizados deberán tener una duración mínima de seis meses en caso de jornada a tiempo completo y de nueve meses cuando la jornada sea a tiempo parcial.

Se entenderá también cumplido el compromiso de contratación en los supuestos de la incorporación de alumnado como persona socia o socio trabajador, o de trabajo, de una sociedad cooperativa o de una sociedad laboral, siempre que sean dados de alta como trabajadores por cuenta ajena, y se haga en una ocupación vinculada con la formación recibida en el marco de las bases reguladoras.

Cada empresa deberá presentar una solicitud por cada programa formativo que estará formado por una única acción formativa. El trámite se realizará a través de la Oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo disponible en el enlace https://lajunta.es/46mt1 .

REQUISITOS

Las empresas beneficiarias de este programa de subvenciones deben haber desarrollado una actividad económica durante, al menos, un año anterior a la fecha de convocatoria, así como no haber obtenido volumen de negocios negativo durante el ejercicio anterior a la fecha de publicación de la convocatoria. No podrán ser beneficiarias las sociedades civiles, ni comunidades de bienes, ni agrupaciones temporales de empresas.

Serán subvencionables tanto los costes directos e indirectos de la actividad formativa. El calendario de pagos será de un 25 por ciento inicial tras la concesión de la subvención; otro 25 por ciento una vez se haya acreditado el inicio del programa formativo y el 50 por ciento restante a partir de la presentación de la justificación final y tras la comprobación formal de la justificación presentada.

Los interesados pueden obtener más información en: https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajo…

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